Vice decanos son considerados cargos directivos de representación institucional de alta responsabilidad, por lo tanto, no podría postular en calidad de IP. Por otro lado, las funciones de Directores de investigación varía según el contexto y entre universidades, por lo tanto, para poder determinar si la persona que detenta ese cargo efectivamente por sus funciones se puede considerar un representante institucional, es necesario que nos envíen por esta misma vía las funciones de ésta para determinar si es factible su postulación.
Por último, es relevante que revisen y cumplan con las bases concursales que rigen la adjudicación de su centro vigente, considerando que en las últimas convocatorias de Núcleos milenio se establece que, para los casos en que Investigadores Principales accedan a algún cargo directivo o de representación institucional durante el período de vigencia del centro, el(la) Director(a) tendrá la obligación de notificar a la Secretaría Ejecutiva de Milenio la propuesta de reemplazos para el(la) Investigador(a) Principal, considerando la misma experiencia y de forma de mantener el estándar de la investigación que se esté realizando.